Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Asunto C-298/23 (Inter IKEA Systems) de 8 de septiembre de 2026
Procedimiento prejudicial — Marcas — Reglamento (UE) 2017/1001 — Artículo 9, apartado 2, letra c) — Directiva (UE) 2015/2436 — Artículo 10, apartado 2, letra c) — Artículo 10, apartado 6 — Derechos conferidos por la marca — Concepto de “uso, en el tráfico económico, de cualquier signo en relación con los productos o servicios” — Concepto de “justa causa” — Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea — Ponderación de derechos fundamentales — Artículo 11 de la Carta de los Derechos Fundamentales — Libertad de expresión — Artículo 17 de esta Carta — Derecho de propiedad — Derecho del titular de una marca de renombre a oponerse al uso por un tercero de un signo idéntico o similar a la marca — Uso de tal signo por un tercero en una campaña política
En el asunto C-298/23, que tiene por objeto una petición de decisión prejudicial planteada, con arreglo al artículo 267 TFUE, por el Nederlandstalige ondernemingsrechtbank Brussel (Tribunal de Empresas Neerlandófono de Bruselas, Bélgica), mediante resolución de 4 de mayo de 2023, recibida en el Tribunal de Justicia el 8 de mayo de 2023, en el procedimiento entre Inter IKEA Systems BV y Algemeen Vlaams Belang VZW, S, T, U, V, Vrijheidsfonds VZW (Curia, 08.09.2026)
