Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Asunto C-198/24 (Mr Green) de 21 de mayo de 2026
Procedimiento prejudicial — Cooperación judicial en materia civil y mercantil — Reglamento (UE) n.º 655/2014 — Procedimiento relativo a la orden europea de retención de cuentas a fin de simplificar el cobro transfronterizo de deudas en materia civil y mercantil — Requisitos para dictar la orden — Artículo 7, apartado 1 — Urgencia — Riesgo real de que, sin tal orden, la ejecución ulterior del crédito del acreedor se vea impedida o resulte considerablemente más difícil — Naturaleza de ese riesgo — Circunstancias que pueden demostrar la existencia del citado riesgo — Actos anteriores del deudor — Obstáculos al cobro en el Estado miembro del domicilio de este — Normativa de un Estado miembro que establece la inadmisibilidad de toda acción judicial relativa a la legalidad de la prestación de servicios de juegos de azar desde dicho Estado miembro, autorizada por la normativa de este, y la obligación de que los tribunales del referido Estado miembro denieguen el reconocimiento y la ejecución de cualquier resolución judicial extranjera dictada a raíz de tal acción
En el asunto C-198/24, que tiene por objeto una petición de decisión prejudicial planteada, con arreglo al artículo 267 TFUE, por el Landesgericht für Zivilrechtssachen Wien (Tribunal Regional de lo Civil de Viena, Austria), mediante resolución de 8 de marzo de 2024, recibida en el Tribunal de Justicia el 12 de marzo de 2024, en el procedimiento entre TQ y Mr Green Limited (Curia, 21.05.2026)
