Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Asunto C-438/24 (Erakond Eestimaa Rohelised) de 17 de septiembre de 2026
Procedimiento prejudicial — Artículos 17, apartado 1, 39 y 52, apartado 1, de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea — Principio de democracia — Derecho de sufragio pasivo en las elecciones al Parlamento Europeo — Limitaciones al ejercicio de dicho derecho — Acta relativa a la elección de los diputados al Parlamento Europeo por sufragio universal directo — Condiciones para presentarse a las elecciones — Obligación de depositar una fianza electoral — Presentación de candidaturas “poco serias o frívolas” — Objetivo disuasorio — Representatividad del electorado — Proporcionalidad del importe de dicha fianza a la vista de los objetivos perseguidos
En el asunto C-438/24, que tiene por objeto una petición de decisión prejudicial planteada, con arreglo al artículo 267 TFUE, por el Riigikohus (Tribunal Supremo, Estonia), mediante resolución de 31 de mayo de 2024, recibida en el Tribunal de Justicia el 19 de junio de 2024, en el procedimiento Erakond Eestimaa Rohelised con intervención de: Vabariigi Valimiskomisjon, Riigikogu, Õiguskantsler, Justiitsminister (Curia, 17.09.2026)
