Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Asunto C-328/24 P (Mincu Pătrașcu Brâncuși v Fiscalía Europea) de 16 de abril de 2026
Recurso de casación — Derecho institucional — Reglamento (UE) 2017/1939 — Fiscalía Europea — Artículo 42, apartado 1 — Actos procesales de la Fiscalía Europea destinados a surtir efectos jurídicos frente a terceros — Control judicial llevado a cabo por los órganos jurisdiccionales nacionales — Excepción de ilegalidad — Admisibilidad — Competencia exclusiva del Tribunal de Justicia de la Unión Europea para controlar la legalidad de los actos de la Unión — Artículo 86 TFUE, apartados 2 y 3 — Ejercicio de la acción penal ante los órganos jurisdiccionales nacionales — Habilitación del legislador de la Unión para fijar las normas aplicables al control jurisdiccional de los actos procesales de la Fiscalía Europea — Excepción no autorizada en el artículo 263 TFUE — Inexistencia — Artículo 47 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea — Derecho a la tutela judicial efectiva — Vulneración — Inexistencia — Incompetencia del Tribunal General
En el asunto C-328/24 P, que tiene por objeto un recurso de casación interpuesto, con arreglo al artículo 56 del Estatuto del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, el 30 de abril de 2024, Constantin Mincu Pătrașcu Brâncuși, con domicilio en Bucarest (Rumanía), representado por el Sr. A. Şandru, avocat, parte recurrente, en el que las otras partes en el procedimiento son: Fiscalía Europea, representada por los Sres. L. De Matteis, E. Farhat y F.‑R. Radu, en calidad de agentes, parte demandada en primera instancia, apoyada por Parlamento Europeo, representado por las Sras. K. Cieslar y C. Ionescu Dima, en calidad de agentes, parte coadyuvante en casación (Curia, 16.04.2026)
