Sentencia TJUE. Asunto C-155/25 (Comisión vs Italia (Ausencia de medidas para prevenir el uso indebido de los centros de transferencia de beneficios)) de 13 de mayo de 2026

13 / 05 / 2026

Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Asunto C-155/25 (Comisión vs Italia (Ausencia de medidas para prevenir el uso indebido de los centros de transferencia de beneficios)) de 13 de mayo de 2026

Incumplimiento de Estado — Artículo 258 TFUE — Política social — Directiva 1999/70/CE — Acuerdo Marco de la CES, la UNICE y el CEEP sobre el Trabajo de Duración Determinada — Cláusula 5, punto 1 — Obligación de los Estados miembros de establecer medidas para prevenir y sancionar la utilización abusiva de sucesivos contratos de trabajo de duración determinada — Inexistencia de tales medidas — Concepto de “razones objetivas” que justifiquen la renovación de tales contratos 

En el asunto C-155/25, que tiene por objeto un recurso por incumplimiento interpuesto, con arreglo al artículo 258 TFUE, el 21 de febrero de 2025, Comisión Europea, representada por las Sras. S. Delaude y D. Recchia, en calidad de agentes, parte demandante, contra República Italiana, representada por el Sr. S. Fiorentino, en calidad de agente, asistido por las Sras. A. Berti Suman y L. Fiandaca, avvocati dello Stato, parte demandada (Curia, 13.05.2026)

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