Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Asunto C-582/23 (Wiszkier) de 3 de julio de 2025
Procedimiento prejudicial — Directiva 93/13/CEE — Cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores — Artículos 6, apartado 1, y 7, apartado 1 — Facultades y obligaciones del órgano jurisdiccional nacional — Procedimiento concursal de una persona física — Inexistencia de facultad del tribunal del concurso para examinar de oficio el carácter abusivo de las cláusulas de un contrato del que trae causa un crédito incluido en la lista de créditos — Inexistencia de facultad de dicho tribunal para ordenar medidas cautelares — Principio de efectividad
En el asunto C‑582/23 [Wiszkier], que tiene por objeto una petición de decisión prejudicial planteada, con arreglo al artículo 267 TFUE, por el Sąd Rejonowy dla Łodzi-Śródmieścia w Łodzi (Tribunal de Distrito de Lodz, Centro, Polonia), mediante resolución de 2 de agosto de 2023, recibida en el Tribunal de Justicia el 20 de septiembre de 2023, en el procedimiento entre R. S., con intervención de: G. S. A., P. C., en calidad de administrador concursal de R. S. y de M. S., M. K., en calidad de administrador concursal de G. S. A., J. J., M. G. (Curia, 03.07.2025)
Sentencia TJUE. Asunto C-582/23 (Wiszkier) de 3 de julio de 2025
03 / 07 / 2025
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