Informe anual de la Comisión sobre el mercado único y la competitividad de 2026

30 / 01 / 2026

La Comisión Europea ha adoptado hoy el Informe anual sobre el mercado único y la competitividad de 2026, el sexto de una serie anual, en el que se evalúa el funcionamiento del mercado único y se evalúan las condiciones para que las empresas innoven, crezcan y compitan, al tiempo que se proporciona prosperidad sostenible a los ciudadanos europeos.

El informe se basa en 29 indicadores clave de rendimiento, que abarcan ámbitos como la integración del mercado y las barreras, los precios de la electricidad y las tendencias de inversión, e identifica ámbitos prioritarios de actuación. El informe muestra que seis indicadores han disminuido, seis han mejorado y 15 permanecen prácticamente sin cambios. Dos indicadores son nuevos.

Los indicadores que han mostrado una mejora entre el último informe y este son el reconocimiento de las capacidades y cualificaciones necesarias para que los ciudadanos de la UE ejerzan su profesión en otros Estados miembros; vigilancia del mercado de la UE, medida por las investigaciones de productos llevadas a cabo por las autoridades de vigilancia del mercado; la proporción de empresas de la UE que utilizan inteligencia artificial, computación en nube y análisis de datos; ha aumentado el volumen de inversiones de InvestEU en apoyo de la transición industrial; la cuota de generación de energía renovable con respecto al consumo total de energía; la capacidad añadida anualmente para generar electricidad renovable.

Los indicadores que han empeorado son la proporción del PIB de la UE representada por el comercio entre los Estados miembros de la UE; la proporción de Directivas sobre el mercado único de la UE transpuestas respecto de las cuales se incoaron procedimientos de infracción; el tiempo medio necesario para elaborar las normas; escasez de mano de obra en ocupaciones que requieren capacidades específicas para la transición ecológica; el rendimiento escolar de los jóvenes de 15 años medido por las puntuaciones PISA; inversión privada, como porcentaje del PIB.

Algunos de los indicadores que se han mantenido estables incluyen la productividad laboral (medida en PIB por hora trabajada); la facilidad de cumplimiento de la normativa (medida mediante encuestas a las empresas); el gasto público y privado en investigación y desarrollo como porcentaje del PIB; número de solicitudes de patentes; inversión de capital riesgo como porcentaje del PIB; capacidad nacional de fabricación de tecnologías limpias.

Además, a partir de este año, la Comisión introdujo un nuevo indicador para hacer un seguimiento de los esfuerzos de simplificación. Este indicador muestra que el ahorro administrativo previsto de las propuestas generales y otras propuestas de simplificación adoptadas por la Comisión asciende a unos 15 000 millones de euros. Existe un nuevo indicador adicional que hace un seguimiento de la cuota de procedimientos administrativos del mercado único que son totalmente digitales.

El informe describe además los ámbitos en los que, en 2026, la Comisión centrará sus esfuerzos en la eliminación de obstáculos en el mercado único. Estos esfuerzos se centrarán en abordar la morosidad y los obstáculos a los servicios clave relacionados con la transición ecológica. La Comisión abordará estos y otros obstáculos mediante el diálogo con los Estados miembros y, en caso necesario, mediante procedimientos de infracción. Para que los beneficios para los ciudadanos y las empresas que subyacen a estas medidas de ejecución sean más claros, la Comisión publicará explicaciones claras sobre los objetivos perseguidos y los resultados obtenidos.

Por último, el informe se complementa con la edición de 2026 del cuadro de indicadores del mercado único y la competitividad, que está disponible en línea. Los documentos que acompañan al informe incluyen una visión general de la aplicación de la Brújula de Competitividad, el Pacto Industrial Limpio y la Estrategia para el Mercado Único; y el informe anual del Grupo Operativo para el Cumplimiento de la Legislación sobre el Mercado Único.| RAPID, IP/26/252, 30.01.2026

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